viernes 30 de octubre de 2026 - Edición Nº2886

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Ya rige en la Provincia la ley que cambia la prioridad de paso en las esquinas

10:27 |La norma mantuvo la preferencia de quien viene por la derecha, pero fijó excepciones para avenidas, rotondas, calles de tierra y vehículos de emergencia.



El Gobierno de la provincia de Buenos Aires promulgó la ley que incorporó nuevas disposiciones al Código de Tránsito provincial para precisar las prioridades de paso en bocacalles y encrucijadas. La norma mantuvo como regla general la preferencia para el vehículo que se aproxima por la derecha, aunque detalló una serie de excepciones.

La iniciativa, impulsada por la diputada Silvina Vaccarezza (UCR-Cambio Federal), incorporó el artículo 28 quater a la Ley 13.927. La medida buscó cubrir un vacío legal que existía desde la sanción del Código en 2009: hasta ahora, la normativa permitía velocidades superiores en las vías principales, pero no aclaraba expresamente que un vehículo que llegaba por la derecha perdía la prioridad si lo hacía desde una calle de menor jerarquía.

Cuándo se pierde la prioridad de la derecha

Entre las situaciones en las que no rige la preferencia de la derecha figuran la existencia de señalización en contrario, el cruce de vehículos ferroviarios y el paso de ambulancias, patrulleros y otros vehículos de emergencia cuando circulan en cumplimiento de sus funciones y con las señales de advertencia correspondientes.

La ley también estableció que los vehículos que circulan por autopistas, semiautopistas, rutas, carreteras y avenidas tienen prioridad frente a quienes llegan desde una vía de menor jerarquía. En esos casos, antes de ingresar o cruzar, el conductor deberá detenerse.

Además, quienes ingresan a una rotonda deberán ceder el paso a los vehículos que ya circulan por ella, mientras que los conductores que transitan por calles de tierra deberán hacerlo frente a quienes circulan por una vía pavimentada.

Giros, peatones y filas de vehículos

Otra de las excepciones se aplica cuando un vehículo gira hacia una calle transversal: en ese caso, deberá ceder el paso a quienes circulan por esa vía. La norma también ratificó la prioridad de los peatones que cruzan o están por cruzar legalmente por una senda peatonal o un cruce habilitado.

En las esquinas donde haya filas de vehículos con circulación lenta en ambas calles, a la espera de cruzar, deberá establecerse un orden de paso alternado, con un vehículo por vez para cada transversal.

Cuestas, zonas rurales y orden de las excepciones

El artículo determinó además que un conductor pierde la prioridad si detiene completamente la marcha antes de ingresar a la encrucijada y otro vehículo llega en movimiento. En las cuestas estrechas, deberá retroceder el vehículo que desciende, salvo que lleve acoplado o remolque.

En las zonas rurales, los peatones, ciclistas y jinetes deberán ceder el paso a los demás vehículos, excepto cuando atraviesen sectores señalizados que les otorguen prioridad.

Por último, la ley indicó que, si coinciden varias de estas excepciones, deberá respetarse el orden de prioridades fijado en el artículo. Cuando no se presente ninguna de esas situaciones, se mantendrá la regla general: tiene prioridad el vehículo que se aproxima por la derecha.