El Ministerio de Transporte de la provincia de Buenos Aires creó el Registro Provincial de Servicios de Transporte Fluvial de Pasajeros (RPSTFP). La medida se oficializó este martes con la Resolución 355/26, publicada en el Boletín Oficial, y tiene como objetivo centralizar la información de todos los prestadores del sector que operan en aguas de jurisdicción provincial.
Según la normativa, la inscripción es obligatoria. Comprende a los servicios regulares, a los provisionales y a los especializados, una categoría que incluye las modalidades de turismo, excursión, taxi, contratado, marginal y privado.
El registro se pondrá en marcha cuando esté operativo el sistema informático desarrollado para ese fin. A partir de ese momento, los prestadores tendrán un plazo de 60 días para completar la inscripción, que se realizará por única vez.
La resolución estableció que quienes no se inscriban dentro de los plazos previstos podrán ser sancionados. La Subsecretaría de Transporte Aéreo y Fluvial quedó facultada para aplicar multas de hasta 5.000 boletos mínimos o para inhabilitar a la empresa en forma transitoria o permanente.
El registro se enmarca en la Ley Orgánica de Transporte de Pasajeros. En 2021, la Provincia había creado mediante la Resolución 16/2021 un Registro de Servicios Especializados de Transporte Fluvial de Pasajeros, aunque ese padrón solo alcanzaba a los servicios especializados y funcionaba bajo la órbita del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos.
Con la nueva normativa, el Gobierno bonaerense buscó abarcar todas las modalidades del servicio y concentrar su registro en el Ministerio de Transporte.