viernes 28 de agosto de 2026 - Edición Nº2823

Ciudades

Seguridad preventiva

Olavarría tendrá Guardia Urbana: sin armas de fuego y con poder de aprehensión

14:00 |El cuerpo dependerá del Municipio, actuará como complemento de la Policía bonaerense y absorberá las funciones de la Dirección de Control Urbano.



 

El Honorable Concejo Deliberante de Olavarría aprobó por mayoría el proyecto de ordenanza que crea la Guardia Urbana Municipal, una iniciativa impulsada por el intendente Maximiliano Wesner en materia de seguridad preventiva.

La norma constituye a la Guardia Urbana como un cuerpo institucionalizado, con “aptitud profesional suficiente” e investido de autoridad para hacer uso de la fuerza pública en casos excepcionales, con el objetivo de garantizar la protección ciudadana e intervenir en la seguridad preventiva local.

Según los fundamentos del texto, la creación de la guardia “es un instrumento para potenciar una presencia claramente identificable del Estado en los espacios públicos del Partido de Olavarría”, y actuará como un cuerpo civil complementario de la Policía de la provincia de Buenos Aires, sin reemplazarla.

Cómo estará integrada

El cuerpo estará conformado por agentes municipales con rango de inspector, que recibirán el tratamiento de guardia urbana. Su modalidad de trabajo se combinará con efectivos de la Policía bonaerense contratados a través de la Ley de Policía Adicional N° 13.942.

La nueva dependencia absorberá las funciones de la actual Dirección de Control Urbano, que dejará de existir al momento de su puesta en funcionamiento. Su titular tendrá rango de director dentro del organigrama municipal.

Entre sus funciones esenciales figuran la tutela del espacio público, la constatación de infracciones a ordenanzas municipales, la facultad de aprehender personas en situación de flagrancia —conforme al artículo 16 de la Constitución bonaerense y al artículo 156 del Código Procesal Penal provincial— y la asistencia a las fuerzas de seguridad en operativos, eventos masivos y situaciones de emergencia o catástrofe, en coordinación con Defensa Civil.

Qué le estará prohibido al nuevo cuerpo

El proyecto establece principios de actuación —juridicidad, oportunidad, razonabilidad, proporcionalidad y perspectiva de género y diversidad— y fija prohibiciones expresas.

La Guardia Urbana no podrá desarrollar tareas policiales ajenas a las previstas, custodiar detenidos ni edificios fuera de la jurisdicción municipal, realizar operativos especiales reservados a la Policía bonaerense, ni producir inteligencia sobre personas por su condición étnica, religiosa, política o de pertenencia a organizaciones sociales o sindicales.

El texto autoriza el uso exclusivo de armamento de baja letalidad —de carácter disuasivo, no penetrante ni letal— en casos de legítima defensa, para evitar la comisión de un delito, aprehender a una persona en flagrancia, controlar disturbios que pongan en riesgo la seguridad pública o disuadir conductas peligrosas. En paralelo, prohíbe terminantemente la tenencia y el uso de armas de fuego por parte de los agentes en el ejercicio de sus funciones.

Toda persona aprehendida deberá ser puesta a disposición de la Policía bonaerense o de la autoridad judicial “de manera inmediata”, con prohibición expresa de que el personal de la Guardia realice interrogatorios, retenciones prolongadas o traslados sin orden judicial.

Los requisitos para ingresar y el régimen disciplinario

Para ser agente de la Guardia Urbana se requerirá ser ciudadano argentino, tener entre 21 y 45 años, contar con estudios secundarios completos, presentar certificado de antecedentes penales y de libre deuda alimentaria, y aprobar el curso de formación correspondiente. Quedarán excluidos quienes registren antecedentes penales, condenas por delitos dolosos o hayan sido exonerados de la administración pública.

El régimen disciplinario se regirá por la Ley provincial 14.656 y contempla faltas simples, leves, graves y muy graves, estas últimas sancionadas con la cesantía del agente.

La ordenanza establece además que el uso no autorizado de celulares personales durante el servicio, o la divulgación de información sensible, será considerado falta muy grave y causal de apartamiento del cuerpo.