El Gobierno nacional oficializó la eliminación del régimen de compensaciones económicas que recibían las empresas de transporte automotor de larga distancia por la entrega de pasajes gratuitos a personas con discapacidad, personas trasplantadas, pacientes en lista de espera y niños y adolescentes con cáncer.
La decisión fue publicada este martes en el Boletín Oficial mediante la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte. La normativa deja sin efecto el sistema a través del cual el Estado cubría parte del costo de los boletos sin cargo que las compañías debían emitir en cumplimiento de distintas leyes nacionales.
El esquema alcanzaba a los servicios interjurisdiccionales de larga distancia y funcionaba como un mecanismo de compensación económica para las empresas de transporte.
Con la nueva resolución, las compañías deberán continuar otorgando los pasajes gratuitos, ya que el derecho de los usuarios sigue vigente, aunque dejarán de percibir fondos estatales por esos boletos.
Desde el Gobierno argumentaron que el sistema perdió sentido tras la entrada en vigencia del Decreto 883/2024, que modificó el marco regulatorio del transporte de larga distancia y habilitó a las empresas a definir libremente recorridos, frecuencias, tarifas y modalidades de servicio.
Según el texto oficial, ese cambio alteró “la base jurídica y económica” que justificaba las compensaciones y volvió innecesaria la continuidad del régimen.
La Secretaría de Transporte aclaró que la resolución no modifica el derecho a viajar gratuitamente para las personas alcanzadas por las leyes vigentes.
Entre los beneficiarios se encuentran:
Además, la resolución establece que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) deberá controlar que las empresas continúen cumpliendo con la emisión de pasajes gratuitos.
El texto también incorpora una cláusula transitoria para garantizar que la eliminación del sistema de compensaciones no afecte situaciones previas ni derechos ya adquiridos.