jueves 16 de abril de 2026 - Edición Nº2689

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Colegios de Corredores: la Justicia desbarata la falta de pruebas como estrategia contra los matriculados

16:02 |Aunque el principio rector es que quien alega debe probar, muchos fallos han expuesto que los Colegios solo alegan a la hora de querer sancionar arbitrariamente a los corredores.



En diferentes causas judiciales recientes, la falta de pruebas aportadas por los Colegios de Corredores y Martilleros, así como las acusaciones genéricas que son comúnmente derivadas a los Tribunales de Disciplina de esas instituciones, han sido expuestas de forma contundente y eso ha derivado en una profunda crisis puertas adentro.

En el marco de la denominada “lucha contra las franquicias” que han encarado diversos dirigentes de los Colegios, son muchos los profesionales matriculados que resultaron perseguidos e incluso sancionados, sin poder ejercer durante meses. En general, los corredores inmobiliarios que eligen trabajar con empresas que brindan servicios complementarios son suspendidos por un año por supuestas delegaciones de matrículas o por asociarse con personas no matriculadas.

Además de que, en la mayoría de los casos, los corredores perseguidos por los Colegios son respaldados por la Justicia, en diversos ejemplos ha quedado claro que las instituciones carecen de pruebas a la hora de sancionar a los matriculados. 

Tal como explican los expertos en Derecho, la regla general indica que “quien afirma, prueba”. Asimismo, quien alega un hecho negativo también debe probarlo. Sin embargo, en decenas de causas judiciales se demostró que, sistemáticamente, los Colegios sólo alegan: diferentes jueces han destacado la falta de pruebas concretas que demostraran actos de corretaje realizados por terceros en nombre de los matriculados.

Tras un caso emblemático en Mar del Plata, un dirigente empresario del sector, que también es abogado, señaló: “El Colegio siempre fue Juez y Parte y jamás exigió una prueba de las imputaciones realizadas y, como contrapartida, desestimó sin mayor análisis las probanzas arrimadas por los colegiados. Las causas disciplinarias eran llevadas adelante por ‘Tribunales de la Inquisición’, donde la condena estaba dispuesta de antemano, exigiendo al matriculado denunciado la producción de una prueba negativa, es decir, probar que no hizo determinada actividad”.

En efecto, en el fallo de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata –que fue bisagra– quedó claro que no había pruebas de que algún colaborador hubiese realizado acciones reservadas por ley a la actividad del martillero o corredor responsable. Asimismo, se puntualizó en que es imposible que el corredor pueda probar la famosa prueba negativa.

Y, en la mayoría de los casos, los Colegios de Corredores y Martilleros que hostigan –a través de los Tribunales de Disciplina– a sus colegiados con “trámites administrativos” carecen de pruebas: se basan, por ejemplo, en capturas de pantalla de celular, que no tienen validez probatoria y son rechazadas en juicios.

Así, la falta de pruebas y las acusaciones genéricas de los Colegios han derivado en un gasto multimillonario para esas instituciones, ya que las sanciones arbitrarias contra los matriculados derivan mayormente en duros reveses judiciales.


 

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