
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) oficializó la línea de créditos para trabajadores en relación de dependencia de hasta $ 400.000, con tasas del 50% (TNA), que se puede devolver en 24, 36 o 48 cuotas.
La resolución 193, fue publicada este viernes en el Boletín Oficial. La misma da cuenta que a partir del lunes 18 de septiembre, los trabajadores registrados podrán solicitar los créditos de hasta $ 400.000.
1) ¿Quiénes los pueden pedir?
Aquellos empleados que aporten al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Sin embargo, el salario no debe estar alcanzado por el Impuesto a las Ganancias. Hasta este mes, el piso es de $ 700.875. A partir de octubre, tributarán el impuesto los salarios que superen los $ 1.770.000. En tanto, no están incluidos los trabajadores con actividades discontinuas, eventuales, de temporada, del régimen de casas particulares y todos aquellos de similares características.
2) ¿Cuáles son las restricciones?
El monto acreditado no se podrá retirar en efectivo ni depositar en un plazo fijo. Los titulares del préstamo no estarán autorizados para adquirir dólares en el mercado oficial de cambios (MULC) hasta que finalice la vigencia del crédito.
3) ¿Para qué se puede usar?
Con el dinero solicitado se puede saldar deudas con la tarjeta de crédito o realizar consumos. Por ejemplo se podrá usar para comprar un electrodoméstico, consumir algún bien como una heladera o un lavarropas.
4) ¿Cómo se realizará la acreditación del dinero?
El Banco Central dispuso que los bancos comerciales que posean clientes con “cuenta sueldo” que sean titulares de tarjetas de crédito emitidas por esas entidades, deberán acreditar en esas tarjetas de crédito los importes correspondientes a las financiaciones del programa “Crédito ANSES”. Por el saldo acreditado y mientras exista saldo acreedor proveniente de esta financiación en la tarjeta de crédito, imputando en primer lugar los consumos efectuados hasta agotar el monto de la asistencia otorgada, no se admitirán los adelantos de efectivo o transferencias de saldos acreedores de la tarjeta de crédito o su traspaso a una cuenta de depósito propia del titular o de un tercero.
5) ¿Cómo lo devuelvo?
Una vez acreditado el dinero, el solicitante deberá abonar la primera cuota recién a los tres meses. Por ejemplo, por un crédito que haya sacado un trabajador por $ 400.000 en 48 cuotas, empezará a devolver a los tres meses una cuota de $ 19.000. Todos los meses se debitará el saldo correspondiente a las cuotas de las cuentas donde los trabajadores cobran sus sueldos.
6) ¿Cuáles son los pasos para acceder al crédito?