martes 03 de febrero de 2026 - Edición Nº2617

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Tránsito 2026 qué multas pueden prescribir y cuáles siguen vigentes en la provincia de Buenos Aires

17:13 |La legislación establece plazos para que ciertas infracciones dejen de ser exigibles si el Estado no avanzó con el cobro. Sin embargo, no todas las faltas caducan igual y el trámite no es automático.



En la provincia de Buenos Aires, muchos conductores revisan su situación frente a multas de tránsito antiguas, ya que la normativa vigente contempla la prescripción de determinadas infracciones cuando transcurre un período prolongado sin que se hayan iniciado acciones administrativas o judiciales.

La Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449 fija que las faltas se dividen en leves y graves. Las infracciones leves prescriben a los dos años, mientras que las graves lo hacen a los cinco años, siempre que en ese lapso no haya existido notificación, intimación de pago u otra actuación oficial que interrumpa el plazo.

La prescripción no se aplica de manera automática. El conductor debe presentarse ante el Juzgado de Faltas correspondiente y solicitar la baja de la multa, acreditando que se superó el plazo legal y que no hubo actos que hayan reiniciado el conteo. Si existió alguna gestión formal sobre el expediente, el plazo vuelve a correr desde ese momento.

Entre las faltas consideradas graves se encuentran, por ejemplo, circular sin seguro, cruzar un semáforo en rojo, conducir con exceso de velocidad relevante o no contar con la Verificación Técnica Vehicular (VTV) obligatoria. Este tipo de infracciones, de no mediar acciones de cobro, pueden prescribir a los cinco años.

Que una multa prescriba no significa que desaparezca por sí sola del sistema. Es necesario hacer el planteo formal para que el juez declare la extinción de la acción. Además, las infracciones recientes o aquellas que tuvieron movimientos administrativos siguen plenamente vigentes y pueden impedir trámites como la renovación de la licencia de conducir o la transferencia de un vehículo.

Las autoridades recomiendan consultar periódicamente el estado de las actas, especialmente antes de realizar gestiones vinculadas al automóvil, para evitar bloqueos, recargos o complicaciones administrativas.
 

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