El Gobierno Nacional oficializó nuevos requisitos para la tenencia de armas semiautomáticas, a través de la Resolución 37/2025 del RENAR, que reglamenta el Decreto 397/25. La medida fija condiciones más estrictas para los civiles que deseen poseer armamento de alto calibre y establece un régimen especial de autorización y control.
Según la normativa publicada, los legítimos usuarios deberán acreditar una antigüedad mínima de cinco años en esa condición, carecer de sanciones administrativas y disponer de un Sector de Guarda tipo G2, diseñado con medidas específicas de seguridad para el almacenamiento del material.
El RENAR también exige la presentación de una declaración jurada con los motivos de la solicitud, la identificación detallada del arma —marca, modelo, calibre y número de serie— y fotografías. Además, el usuario deberá probar “usos deportivos comprobados”, un punto considerado clave en la nueva política de control.
Para cumplir con esta condición, los solicitantes deberán contar con una certificación emitida por una Entidad de Tiro habilitada que los reconozca como “tiradores asiduos” o bien demostrar su participación en certámenes nacionales o internacionales de tiro deportivo.
Las Entidades de Tiro también podrán solicitar material bélico para ser utilizado en actividades deportivas o de formación. Según la resolución, el permiso podrá extenderse a fines didácticos, siempre bajo supervisión y con las medidas de resguardo establecidas por el RENAR.
El trámite para acceder a estas autorizaciones tendrá un costo equivalente a la suma de una “Tenencia Express” y una “Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM)”, según detalla la normativa oficial.
Con la entrada en vigencia de la Resolución 37/2025, el organismo derogó varias disposiciones previas de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), antecesora del RENAR. El nuevo esquema busca “modernizar los controles” y garantizar que el uso de este tipo de armas quede restringido a ciudadanos con trayectoria comprobable y responsabilidad acreditada.
El Decreto 397/25, emitido en junio, ya había levantado la prohibición de tenencia de armas semiautomáticas para legítimos usuarios, delegando al RENAR la creación de un régimen específico. Con esta resolución, el Gobierno completó ese marco regulatorio, combinando habilitación con mayor supervisión.
La decisión generó debate entre especialistas en seguridad y asociaciones de tiro. Mientras algunos valoraron la posibilidad de practicar disciplinas deportivas con material moderno, otros advirtieron sobre los riesgos de ampliar el acceso civil a armas de características semimilitares.