
A partir de las 08:00 del viernes 5 de septiembre de 2025 comenzó oficialmente la veda electoral en la provincia de Buenos Aires, que se extenderá hasta las 21:00 del domingo 7 de septiembre, es decir, hasta tres horas después del cierre de los comicios. Durante este período, se restringe toda actividad vinculada al proselitismo político, incluyendo actos públicos, propaganda mediática y publicaciones digitales que promuevan candidaturas.
En este lapso, está prohibido emitir propaganda en medios gráficos, radiales o televisivos, así como difundir encuestas o sondeos electorales; ni siquiera se permitirá su divulgación hasta transcurridas las tres horas posteriores al cierre de la elección. Asimismo, quedan vedados los actos masivos o reuniones públicas al aire libre o en espacios cerrados de tipo teatral, deportivo o festivo, salvo que estén directamente vinculados al acto electoral.
Por otro lado, los comercios tienen prohibido vender bebidas alcohólicas desde las 20:00 del sábado y durante todo el día del domingo de la elección, con multas o incluso penas de arresto que van de uno a seis meses en caso de incumplimiento. Además, los electores tienen vetado portar armas, banderas u otros distintivos políticos durante este tiempo, con sanciones que incluyen multas que van de los 10.000 a los 100.000 pesos dependiendo de la infracción.
El propósito de estas restricciones es garantizar que los más de 14 millones de bonaerenses habilitados para votar puedan hacerlo sin presiones o condicionamientos de última hora. Se busca propiciar una jornada de reflexión libre, donde los ciudadanos acudan a las urnas con tranquilidad, informados y sin interferencias en el último tramo antes de la elección.