jueves 14 de agosto de 2025 - Edición Nº2444

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La Justicia suspendió el decreto del Gobierno Nacional que habilitaba cortar el agua por falta de pago

17:27 |La jueza federal de San Martín, Martina Forns, dictó una medida cautelar al considerar "improcedente" el decreto que habilitaba la suspensión del servicio por mora.



La jueza federal de San Martín, Martina Forns, dictó una medida cautelar que suspende la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 493/2025 en los artículos que autorizaban a interrumpir el suministro de agua potable y desagües cloacales a usuarios residenciales en caso de mora en el pago.

La resolución judicial remarcó que “el acceso al agua potable incide directamente sobre la vida y la salud de las personas, razón por la cual debe ser tutelado por los jueces”. En ese sentido, Forns calificó como “improcedente” el corte del servicio cuando la falta de pago obedezca a situaciones de vulnerabilidad social o afecte a personas que, por sus condiciones, requieren especial protección, como adultos mayores, niños o personas con discapacidad.

La acción judicial fue presentada por la Unión de Usuarios y Consumidores y Consumidores Libres Coop. Ltda., quienes pidieron la nulidad absoluta e inconstitucionalidad de los artículos del DNU que habilitaban el corte del servicio.

En su fallo, la jueza citó la resolución A/RES/64/292 de Naciones Unidas (2010), que reconoce el derecho al agua potable y al saneamiento como un derecho humano esencial, así como la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Forns ordenó que, si el servicio ya hubiera sido interrumpido bajo el amparo del decreto, este deberá restablecerse de inmediato para las personas en situación de vulnerabilidad.

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