viernes 15 de agosto de 2025 - Edición Nº2445

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Economía

ARCA lanza nuevo plan de pagos para regularizar deudas impositivas y aduaneras

El régimen permitirá acceder a facilidades de pago para obligaciones vencidas hasta abril de 2025. Apunta especialmente a pymes, el sector salud y entidades sin fines de lucro.



La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este jueves un nuevo régimen de facilidades de pago para que contribuyentes puedan regularizar deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2025, según lo establece la Resolución General 5711/2025, publicada en el Boletín Oficial.

El plan incluye obligaciones impositivas, de la seguridad social, retenciones y percepciones, así como tributos aduaneros relacionados con importaciones y exportaciones. Sin embargo, no contempla reducciones de intereses ni liberación de sanciones.

Quiénes pueden adherirse

El régimen está disponible para personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramo 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud y otros contribuyentes. La adhesión se podrá realizar del 1 de julio al 30 de diciembre de 2025, a través del sistema “Mis Facilidades” con Clave Fiscal.

Condiciones según el tipo de contribuyente

  • Personas humanas, sucesiones indivisas, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud:

    • Pago a cuenta: 10%

    • Hasta 60 cuotas

  • Medianas empresas (tramos 1 y 2):

    • Pago a cuenta: 15%

    • Hasta 48 cuotas

  • Otros contribuyentes:

    • Pago a cuenta: 20%

    • Hasta 36 cuotas

El plan no tiene restricciones en la cantidad de presentaciones y las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un mínimo de $2.000. La tasa de interés será del 50% de la tasa resarcitoria vigente. Además, el plan caducará si se acumulan dos cuotas impagas, consecutivas o alternadas, durante más de 60 días.

Exclusiones y límites

No podrán adherirse condenados por delitos tributarios o aduaneros con sentencia firme, ni personas jurídicas con directivos condenados por esas causas. También quedan excluidos los responsables solidarios y garantes de deudas.

Asimismo, quedan fuera del régimen:

  • Retenciones y percepciones previsionales (salvo aportes personales)

  • Anticipos y pagos a cuenta

  • IVA por servicios digitales o del exterior

  • Aportes a obras sociales (salvo monotributo)

  • Aportes de empleados domésticos y rurales

  • Cuotas de aseguradoras de riesgos del trabajo

  • Cuotas de planes de pago vigentes

  • Tributos por infracciones al régimen de equipaje aduanero

Caputo: “Muy bien recibido por las pymes”

El ministro de Economía, Luis Caputo, celebró el anuncio en su cuenta de X: “Creo que esta regularización va a ser muy bien recibida, especialmente por las pymes”, y anticipó una baja en la tasa resarcitoria, que pasaría del 4% al 2,75% en los próximos días.

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