miércoles 22 de enero de 2025 - Edición Nº2240

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Judiciales

Fallo judicial: el gobierno no podrá frenar la creación de la Universidad Nacional de Pilar

La Cámara Federal de San Martín ratificó la sentencia de primera instancia que declaró inconstitucional la decisión del Ministerio de Capital Humano de suspender la aplicación de la ley que creó la casa de estudios.



Este miércoles, la Cámara Federal de San Martín confirmó que el gobierno de Javier Milei debe activar la Universidad de Pilar, creada por una ley aprobada al final del mandato de Alberto Fernández.

El fallo, firmado por los camaristas Juan Pablo Salas, Marcos Morán y Marcelo Darío Fernández, ratificó una sentencia anterior del juez de primera instancia Adrián González Charvay, que había declarado inconstitucional la decisión del Ministerio de Capital Humano de suspender la aplicación de la ley que creó la universidad. La resolución de la cartera de Sandra Pettovello había dispuesto la "revisión de creación e inicio de actividades académicas de nuevas instituciones universitarias nacionales".

El objetivo de esa decisión de Capital Humano había sido "determinar si el procedimiento administrativo exigido por la Ley de Educación Superior para crear nuevas universidades fue debidamente cumplido" y "si las condiciones allí establecidas fueron realmente satisfechas", de acuerdo a lo que informaron desde la cartera de Pettovello.

La Cámara destacó en su fallo que el 12 de octubre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial la ley 27.728, que creó la Universidad Nacional de Pilar. También mencionó que el 10 de noviembre de 2023 se designó a Elizabeth Diana Wanger como rectora organizadora de la universidad, y que el 19 de noviembre de 2023 se firmó un convenio de comodato entre la Municipalidad de Pilar y la Universidad Nacional de Pilar para el funcionamiento de su sede en el predio del Instituto Carlos Pellegrini, lo que permitirá contar con las instalaciones necesarias para iniciar actividades académicas, establecer oficinas administrativas, aulas y espacios para realizar concursos de docentes.

El fallo de este miércoles también consignó que el 5 de diciembre de 2023, "la Secretaría de Políticas Universitarias asignó y transfirió a la Universidad Nacional de Pilar la suma de $400.000.000" para solventar los gastos de la puesta en marcha de la universidad.

"Las instituciones universitarias nacionales son personas jurídicas de derecho público, que solo pueden crearse por ley de la Nación, con previsión del crédito presupuestario correspondiente y en base a un estudio de factibilidad que avale la iniciativa. El cese de tales instituciones se hará también por ley. Tanto la creación como el cierre requerirán informe previo del Consejo Interuniversitario Nacional", indicó la cámara en el fallo.

Tras la creación de la universidad, la Cámara recordó que se realizó un procedimiento administrativo completo, que incluyó varios pasos para su puesta en funcionamiento, con distintos actos administrativos debidamente notificados que generaron derechos subjetivos en sus destinatarios.

Por ello, los camaristas señalaron que un simple acto administrativo no es suficiente para detener la apertura de la universidad; esto requería un trámite judicial. Con estos argumentos, Salas, Morán y Fernández decidieron "desestimar el recurso de la demandada (el Gobierno) y, en consecuencia, confirmar la sentencia apelada”, en referencia a la decisión del juez que declaró inconstitucional la acción del Ministerio de Capital Humano contra el funcionamiento de la Universidad de Pilar, tras el recurso de amparo presentado por la rectora, Diana Wanger.

 

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